Toda inversión requiere del pago de unas comisiones y tasas, ya sean directas o indirectas. Estos costes disminuyen la rentabilidad de tu cartera de inversión. Así de claro. Así de simple. Tu cartera de inversión tendrá una rentabilidad igual a los beneficios obtenidos por sus activos menos comisiones y tasas. Disminuir estos lastres te permite guardar una mayor parte del beneficio de los activos en los que has confiado, ya sean acciones, bonos, metales preciosos o cualquier otra forma de inversión.
COSTES INEVITABLES
Cualquier posición en un fondo de inversión requiere del pago de unas comisiones para costear la operativa del mismo, y por supuesto, enriquecer a sus dueños y gestores:
– Comisión de gestión. Es el coste en el que incurres cuando pagas los supuestos gastos de operativa del fondo y el bonus de sus propietarios y gestores. Esta comisión debe estar claramente detallada en el prospecto del fondo y en su ficha comercial.
– Portfolio turnover. Es un coste indirecto repercutido en el valor liquidativo del fondo debido a las comisiones y tasas que paga el fondo de inversión al realizar compras y ventas de los activos en cartera. No está directamente definida en la ficha comercial pero debe detallarse en la documentación del fondo. Los fondos que compran activos en mercados menos líquidos suelen sufrir una penalización mayor en este sentido. Los fondos que replican un índice sencillo que varía muy poco sus componentes suelen tener costes despreciables de trading, con el consiguiente beneficio en su TER.
– Comisión total (TER): El Total Expense Ratio es el coste total del fondo, que vendría a ser la suma de los dos costes anteriores. Este indicador es el más importante, aunque los fondos con comisiones de gestión minúsculas suelen tener costes de trading también pequeños.
COSTES EVITABLES
– Impuestos. Cuando un activo reparte dividendos o cupones, debemos pagar un impuesto estatal por la ganancia generada. Incluso los ETFs con un Turnover Portfolio reducido pueden repartir un dividendo elevado que repercuta negativamente en la rentabilidad de nuestra cartera. Un reparto de dividendo del 5% significará que perdemos un 1% del patrimonio que tienes en cartera antes del pago. Incluso si el pago del dividendo es en acciones reinvertidas tendrás que pasar por la hacienda pública para cumplir con tu compromiso como español de ley. Sólo comprando activos que no repartan dividendos podrás evitar este coste tan poco tenido en cuenta.
– Compra-Venta. En el caso de los ETFs tenemos que añadir los costes de la compra y la venta de acciones del activo. Estás son la tarifa de operativa que pone el broker para operar en la bolsa donde cotiza el ETF y el spread de la oferta de venta y la demanda de compra. Hay que tener estos gastos en cuenta, aunque también debemos saber que el gasto no es perpetuo, sólo se produce en la entrada y la salida de la inversión. La elección de invertir en fondos de inversión suele evitar este coste.
– Comisiones de gestión anormales. Costes de gestión absurdamente elevados están inversamente relacionados con las probabilidades futuras de rendimiento del fondo. Independientemente de lo bien que lo haya hecho el fondo en el último año, tener una comisión de gestión abusiva significa cargar de un pesado lastre durante el siguiente año. Una comisión de gestión excepcionalmente baja es la razón individual más importante a la hora de buscar rentabilidad futura en un fondo dentro de su categoría.
Existen otros gastos como pueden ser la comisión de custodia del broker con el que operes o la comisión de depósito que a veces cobran las gestoras en sus fondos o ETFs (incluida en el TER), pero creo que con el resumen que te ofrezco en esta entrada tienes las comisiones y tasas en las que debes concentrarte en disminuir, o por lo menos estudiar más a fondo. En la siguiente entrada de la serie veremos algunos de los errores más comunes que el inversor comete al elaborar su cartera.
Buena entrada Antonio, cost matters!
Aprovecho para preguntar si hay algún experto en fiscalidad de fondos a ver si puede aclararnos los costes de turnover. En España (y creo que Europa en general) los fondos pagan un impuesto reducido sobre los beneficios obtenidos (en el caso de España un 1% de los mismos), con lo que el coste fiscal del turnover es muy pequeño. En USA sin embargo creo haber entendido que funciona de forma diferente y las plusvalías generadas por el turnover las paga el partícipe del fondo a su tipo marginal de contribuyente cuando hace la declaración de la renta, en lugar de hacerlo el propio fondo, ¿esto es así realmente? Si es así, y siendo no residentes, ¿estamos exentos del coste principal del turnover al utilizar fondos o ETFs americanos?
Antonio muchas gracias de nuevo por tus posts.
Me he parado a intentar comprender los gastos y comisiones existentes un fondos de inversión y ETFs y todavía me queda una duda,: ¿Qué incluye y que no incluye el TER?
Me despista tambien si el folleto informativo contempla TODOS los costes y cuando digo todos me refiero también a custodia y gestión del broker.
Gracias,
En relación al impuesto que pagas por el dividendo, en mi opinión no es que pierdas un 1% cada año, ya que este dividendo que es reinvertido en el etf o fondo de inversión, acabará pagando impuestos cuando se venda el etf. Aunque es verdad que este impuesto que has pagado a hacienda, si lo hubieras tenido invertido, hubiera generado unos rendimientos que no has recibido. Así que creo que lo que realmente pagas de más al invertir en un etf de acumulación o fondo de inversión, es el efecto financiero que huebiera generado este impuesto al estar en tu bolsillo en vez de en las arcas del estado. A corto plazo no es importante, pero a largo plazo puede ser muy importante.
@Álvaro. No soy un experto en materia fiscal, pero te expongo lo que opino:
Los costes de fondos índice o ETFs de mercado por capitalización bursátil tienen costes de turnover muy reducidos. Los elevados costes de turnover provienen de la compra-venta de acciones para ajustarse al índice. En nuestro caso, esto acontece cuando hay empresas que abandonan el índice y otras que entran; nosotros no precisamos comprar-vender empresas para ajustar la ponderación de las empresas que componen el índice. Esa es una ventaja grande en costes (nunca se vende ninguna acción). Pero respondiendo en parte a tu respuesta, cuando la gestora vende una acción con beneficio, deberá tributar al impuesto de sociedades; y este es distinto y depende de cada país, y por tanto del lugar en el que esté domiciliado el fondo (así lo veo yo).
Aquí os dejo un enlace a todos sobre la importancia de los costes en nuestras inversiones. Aunque es algo antiguo (hace 10 años), aún sigue siendo todo vigente:
file:///C:/Documents%20and%20Settings/Valentin/My%20Documents/Downloads/C-_My%20Intranet_Datos_Art%C3%ADculos_Art%C3%ADculo_01_2002.htm
@ignatius
Cualquier fondo de inversión incurre en diferentes tipos de costes que aminoran la rentabilidad bruta obtenida por el fondo. Debido a que al inversor individual lo que realmente le interesa es conocer la rentabilidad que le ofrece una inversión después de costes, existen dos términos asociados a los costes sobre fondos de inversión que bien pueden servir para realizar comparaciones dentro de una misma categoría de fondos.
El término “Total cost” o coste total se refiere a la suma de los costes de gestión, más los costes derivados de las transacciones realizadas, y otros costes cargados al fondo en los que se ha incurridos durante el año, como porcentaje sobre el promedio del patrimonio del fondo.
El término “TER” se refiere a la suma de los costes de gestión y otros costes, pero excluyendo los costes por transacciones, que se cargan al fondo durante el año, también como porcentaje sobre el promedio del patrimonio del fondo.
Adicionalmente, cada país actúa conforme a las recomendaciones internas “de país”. Así por ejemplo, Suecia actúa conforme a las recomendaciones de la “Swedish Investment Fund Association” en la que tanto el “Total cost” como el “TER” no incluyen los costes derivados de las transacciones de instrumentos de inversión como los derivados.
Aunque en teoría lo definimos así, en la práctica cada gestora incorpora determinados costes y otros excluyen otros, y otras promedian los costes de todos sus fondos y ofrecen un valor medio, por lo que a la hora de comparar los TER es preciso conocer con detalle que costes incorpora.
Por otro lado, y ya que las gestoras hoy más que nunca, hacen uso de la práctica de “préstamo de acciones”, ingresan un dinero que en función de la gestora, pasa a) en su totalidad, b) parcialmente o c) nada, incrementando el valor liquidativo del fondo.
Así pues, a la fórmula de Bogle: rentabilidad total = rentabilidad de mercado – costes, no es exacta, y debería ser corregida así:
rentabilidad total = rentabilidad del mercado – costes + ingresos por préstamo de acciones
Mayores detalles sobre el rendimiento de un ETF, véase por ejemplo el punto 5.1.1 de este enlace:
http://www.rankia.com/articulos/304541-etfs-como-instrumento-inversion
Algunos fondos minoran las comisiones de gestión quedándose ellos con los ingresos por préstamo de acciones. Otros cobran quizás comisiones algo más altas, pero estos ingresos por préstamo de acciones lo repercuten incrementando el valor liquidativo del fondo. Lo que pretendo decir, es que el TER como término de referencia es bueno, pero ha dejado de ser un buen término (preciso) para comparar costes.
Saludos cordiales,
Valentin
Y al parecer los costes cambian cada año así que el TER es una estimación basada en el año pasado.
Como he insinuado en la entrada, pienso que si nos centramos en elegir productos que repliquen a índices sencillos, con mirar la comisión de gestión nos bastaría para acertar en la elección, aunque luego queramos afinar el estudio.
Creo que @Valentín, al que agradezco su implicación en los comentarios, ha respondido a las primeras cuestiones realizadas. Por cierto, tu enlace no lo podemos abrir si no estamos en tu ordenador 🙂
@Valentin lo que me respondes está claro, en el caso de España el impuesto de sociedades para los fondos de inversión es solo del 1% de sus beneficios, por tanto es un coste bajo. Pero creo que en USA no funciona igual y me parece entender que las plusvalías generadas en el fondo por la venta de acciones deben ser declaradas por el partícipe en su declaración de la renta anual aunque no haya hecho ningún reembolso del fondo, de ahí que se fijen tanto en el turnover cuando para nosotros el coste fiscal es muy reducido. Si alguien puede arrojar un poco de luz (creo que Albert comentó hace tiempo algo relacionado).
Por cierto el artículo que querías enlazar no es accesible (es un enlace a tu disco duro).
@Álvaro, desconozco la respuesta a tu duda, no puedo arrojar luz al respecto.
@Antonio. La verdad es que se trata de un documento alojado en elistas, al que siempre se ha podido tener acceso, pero por alguna circunstancia parece que hoy en día te exige ser miembro. En cualquier caso, he hecho un copia y pega y te lo he enviado en forma de documento de texto para que lo hagas accesible a todos los miembros. Yo ya no dispongo de ese documento en mi disco, y de eso estoy seguro, pues me casco hace cosa de un año, jejeje…
Un saludo,
Valentin
@Valentín, muchas gracias. Alucino con la coincidencia de gran parte de lo que expones en ese artículo (año 2002) y las enseñanzas que me hicieron transformarme en boglehead convencido, y que he ido incluyendo en mis entradas de los últimos dos años. Me resulta increíble que en España no haya un movimiento mayor de los inversores reclamando fondos de calidad, indexados y baratos.
En fin, me ha gustado leerlo. Aquí dejo el enlace para quien quiera descargarlo.
@Antonio
Voy a alojar ese documento en Rankia, a riesgo de ser criticado por todos los costados. Creo que el contenido debe llegar a cuantas más personas mejor. En cuanto disponga de un enlace directo, lo pondré aquí.
Saludos,
Valentin
@Álvaro intentaré resumir mis dudas y lo poco que descubrí al respecto.
Lo primero importante es que efectivamente en Estados Unidos no existen fondos de capitalización. Esto implica que los impuestos los acaban pagando los participes del fondo.
En el caso de ETFs con activos de Estados Unidos, la gestora lo único que hace es de intermediaria, recoge los beneficios y los distribuye a sus participes sin que ella haya pagado ningún impuesto.
Ahora bien, cuando el ETF invierte en activos de fuera de Estados Unidos, la gestora tiene que pagar los impuestos en el país de origen, y luego el partícipe puede pedir que le devuelvan la doble tributación. En la wiki de bogleheads tienen más información repecto a la doble tributación [1]. En la página de Vanguard dan la información sobre como los partícipes deben llenar el formulario para la IRS [2].
Hasta aquí todo correcto. Mi duda se refiere a lo que en España se entiende como doble tributación, pero realmente no lo es. Pongo un ejemplo para que se entienda lo que me preocupa.
Imaginemos que Vanguard tuviera un ETF que invirtiera en el IBEX35.
Cada vez que una acción española da dividendos, o la gestora vende alguna participación, Vanguard paga impuestos a España.
Un inversor de Estados Unidos rellena el impreso del IRS y no se le aplica la doble tributación.
¿Qué le pasaría a un inversor Español? El inversor español cuando reclama la doble tributación lo que está reclamando es el impuesto que ha pagado en Estados Unidos y el que paga en España. Pero, por lo que yo sé, no tiene derecho al impuesto que la gestora ha pagado en España. Por lo tanto este inversor está pagando 3 veces el impuesto, pero sólo puede reclamar una vez, por lo que finalmente está pagando dos veces el impuesto.
Este ejemplo que he puesto para un supuesto ETF que invierta en España, es extrapolable a cualquier ETF de Estados Unidos que invierta fuera de Estados Unidos.
El único caso en el que se aplica bien la doble retención es en los casos de ETFs de Estados Unidos que invierten únicamente en activos de Estados Unidos.
Index Universe tiene un artículo al respecto [3], y el OCDE también hizo un informe [4].
Por este motivo, personalmente prefiero invertir en fondos de inversión domiciliados en España.
[1] http://bit.ly/y6YtZ6
[2] http://bit.ly/xqpG0S
[3] http://bit.ly/eQqRJv
[4] http://bit.ly/h4PwSb
@Álvaro
Se me ocurre, que puedes hacer tu consulta a Juan Manuel Maza, que es un asesor financiero que vive en USA y escribe su propio Blog en Rankia.
http://www.rankia.com/usuarios/juanmmaza
Saludos,
Valentin