ETFs de Oro Físico

Debido a los contras que tiene la opción de acumular oro físico para completar la cartera permanente, los ETFs se convierten en un vehículo sencillo y barato para solicionar dicha incomodidad. El problema en el caso de estos productos cotizados es el riesgo de contrapartida. ¿Y si estos productos no están cubiertos por la cantidad de metal que deben?

Atendiendo a esta situación, algunas gestoras se lanzaron a cotizar ETFs de oro físico que prometen, mediante auditorías, contener la cantidad de oro físico equivalente a su patrimonio cotizado por el fondo. Es de suponer, que el riesgo de estos ETFs es menor. Veamos una relación de los que tenemos disponibles:

DB Physical Gold ETC.

ISIN: DE000A1E0HR8

Gestora: Deutsche Bank AG

Comisión: 0,29%

ETFs Physical Gold ETC.

ISIN: JE00B1VS3770

Gestora: ETF Securities Ltd

Comisión: 0,39%

ETFs Physical Swiss Gold ETC.

ISIN: JE00B588CD74

Gestora: ETF Securities Ltd

Comisión: 0,39%

Observaciones: Igual que el anterior pero con el oro depositado en Suiza. De los 3 anteriores es el que más me gusta para la cartera permanente europea, pero el siguiente de la lista aun me parece mejor opción.

ZKB Gold ETF (EUR).

ISIN: CH0047533523

Gestora: Zurich Kantonal Bank

Comisión: 0,4%

Observaciones: En este ETF de Oro Físico se tiene la posibilidad de solicitar el metal. Aquí damos un paso más. Es el recomendado por Craig para la cartera permanente europea. Según la propia gestora en su factsheet: «Los inversores pueden solicitar en cualquier momento la venta de sus participaciones o bien pagos en especie en oro físico hasta una demanda de 12,5kg.» Su cotización equivale al precio de una onza de oro.

Xetra Gold.

ISIN: DE000A0S9GBO

Gestora: Deutsche Bank

Comisión: Custodia del 0,025% mensual

Observaciones: Este ETC que nos ha presentado @Valentín en más de una ocasión, es similar al anterior con algunas diferencias. Por un lado cotiza el gramo de oro en vez de la onza, y por otro no tiene comisión de gestión, sino una comisión de custodia del 0,025% mensual que, según he entendido, es cobrada por separado en tu cuenta sin disminuir el valor del ETC. Esto hace que siempre estés invertido en el número de gramos de oro que has comprado.

Después de estudiar estas posibilidades, si tienes pensado diseñar una cartera permanente, ¿cuál de estos ETFs comprarías? ¿Por qué? ¿Te ofrecen suficiente confianza? ¿Más, igual o menos que GLD o IAU?

101 responses to “ETFs de Oro Físico

  1. @forondito buen punto, la verdad es que me está echando para atrás esta ley para abrir nada en el extranjero. ¿qué es un «dato incompleto»? ¿Cómo se declararía una cuenta en el extranjero? Me parece una pasada que abriendo una cuenta donde deposites el equivalente a unos pocos miles de euros (sería mi caso) te puedan cobrar 10.000€ de multa o más.

    ¿Donde se puede encontrar información detallada de cómo declarar correctamente estas cuentas o activos? Hasta que no lo tenga claro 101% no voy a arriesgarme a que venga Hacienda a robarme, digo cobrarme, los dispendios de la casta política parasitaria.

    Saludos

  2. La verda es que este hilo es muy interesante. Sólo apuntar que esta mañana he estadoen tres bancos y al preguntarle lo de la venta de oro me han mirado como a un bicho raro. Incluso algunos que cocnozco me han dicho que no lo han conocido nunca, y sólo maçe hablaban d elas famosas monedas de plata de 12 euros…

  3. @Valentín, tenemos ETCs como el de DB indicado por Antonio (DE000A1E0HR8) que no contemplan la entrega física, pero a cambio publican online todo el inventario de lingotes con nº de serie y características individuales, y tb las auditorias. Algo que no hacen otros ETFs/ETCs que sí prometen la entrega física. Por otro lado, este ETC de DB sí tiene protección frente a quiebras y demás:

    Limited-Recourse Assets
    In respect of each series of ETC securities, the underlying physical gold (Secured Property) is owned by the issuer and held through the secured account custodian. It is further secured in favour of the trustee on behalf of the security holders. Each series of ETC securities will have recourse only to the respective Secured Property (i.e. ring-fenced) which is not available to satisfy the claims of holders of a different series of ETC securities.

    @miguel, todavía no se ha aprobado el reglamento sobre cómo informar a Hacienda de las ctas y activos en el extranjero, lo que sí tienes que hacer es informar de la apertura al banco de España (formulario DD1). Al final esta medida lo que busca es que la gente que se está planteando proteger sus ahorros sacándolos de España se lo piense dos veces por miedo a las sanciones, pq para los grandes evasores las multas son calderilla y seguirán haciéndolo como hasta ahora.

  4. @brownehead,

    ¿Tenéis cuenta corriente en el mismo banco en el que comprasteis el Oro?. De no ser así, ¿tuvisteis que presentar documentación de identificación personal (carnet, pasaporte) y pagar en efectivo?.

    Saludos,
    Valentin

  5. @miguel,

    si no recuerdo mal, deberías cumplimentar el correspondiente formulario DD1 en el Banco de España para declarar todo tipo de cuentas o activos en el extranjero.

    Sinceramente, tal y como está la situación, lo menos recomendable es realizar cualquier tipo de gestión que no se ajuste a la ley. Mejor cumplir con tus obligaciones, que luego tener que pagar las consecuencias.

    Y en la filosofía PP lo más importante es dormir tranquilo por las
    noches :-).

    @aitor,

    he estado mirando su base de datos de ETFs, y es brutal. Lo tienen todo. Los únicos inconvenientes:

    1. Sistema de web trading es jurásico.
    2. Por lo que he leído, su servicio de atención al cliente es nefasto.
    3. No me transmiten confianza. S&P daba calificación AAA+ a Freddie Mac o Lehman Brothers justo el día antes de caer.

    Tengo que seguir decidiendo. muchas gracias!

  6. @Catacrak,
    Perdón, este mensaje iba/va dirigido a Catacrak. Me hago un lío con los nombres y mensajes a los que respondo. Mil disculpas.

    ¿Tenéis cuenta corriente en el mismo banco en el que comprasteis el Oro?. De no ser así, ¿tuvisteis que presentar documentación de identificación personal (carnet, pasaporte) y pagar en efectivo?.

    Saludos,
    Valentin

  7. ArturoPerez, por acabar con lo de IB, sinceramente, los inconvenientes que planteas me parecen bastante discutibles. La plataforma web creo que no la he usado nunca, pero su plataforma principal TWS se supone que es semi-profesional, vamos, que para comprar ETFs y para lo que sea vas sobrado. Sobre el servicio de atención al cliente, por mi experiencia, yo diría que es bueno, sin más; más pronto que tarde te resuelven lo que sea vía web, chat, teléfono… Lo de la confianza, pues no sé, es uno de los brokers online más importantes del mundo; tampoco creo que se pueda comparar su riesgo con un banco de inversión, una mega-aseguradora, etc. Igual me estoy perdiendo algo, ¿qué te hace desconfiar de IB? ¿alguna otra alternativa similar de mayor confianza?

    Cambiando de tercio, agradecer a brownehead que mencionase coininvestdirect. Tiene muy buenos precios y a bote pronto tiene buena pinta; además me ha llevado a dar con otros sitios similares de UK. Comprar oro físico da cierto respeto, al menos a mí, pero con comisiones así por lo menos no te dejas un 8% de entrada, como ocurre en la mayoría de sitios de venta online por aquí.

  8. @brownehead , @ArturoPerez ,

    Gracias por contestarme. Sí, ya sé lo del formulario DD1 que tendría que cumplimentar, pero no me inspira mucha confianza eso de «datos incompletos o incorrectos» y su consiguiente multa de 5000€ por cada uno de esos… que lo mismo te equivocas en una letra de tu apellido y…

    Reconozco que en mi caso esta ley me está echando un poco para atrás en buscar opciones de inversión que me supongan abrir una cuenta en el extranjero… quizás como bien decís, es lo que buscan..

    Saludos

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